De manera reciente el Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 27 de Enero de 2021, ha venido a zanjar la cuestión relativa a los gastos asociados a la constitución del préstamo hipotecario. A partir de ahora, el cliente puede reclamar la devolución de determinados gastos asociados a su préstamo hipotecario. Estos son los gastos de hipoteca que puedes reclamar.
En concreto un particular suscribió un Préstamo Hipotecario en el año 2014, pactándose en una de sus cláusulas que todos los gastos asociados a dicho préstamo deberían ser abonados por el cliente, en concreto los conceptos que el cliente debía abonar son los que a continuación se detallan:
- Tasación de Inmueble.
- Gestoría.
- Registro de la Propiedad.
- Impuestos originados a consecuencia de dicho préstamo hipotecario.
- Notaría.
Gastos de hipoteca que puedes reclamar
El particular, que realizó pagos por estos conceptos abonó la cuantía de tres mil seiscientos (3.600,00) euros, acudiendo al Juzgado de Primera Instancia quien le dio la razón, pero acudiendo nuevamente el Banco al Tribunal Supremo quien en su reciente Sentencia de fecha 27 de Enero de 2021 ha aclarado tal cuestión, determinando de manera clara y taxativa cuales son los gastos que tienen que abonar cada una de las partes, determinando a este respecto el siguiente reparto:
– Impuesto de Actos Jurídico Documentados, su abono le corresponde al cliente.
– Gastos de Notaría, debe ser abonado por mitad, así como el gasto de Modificación del Préstamo Hipotecario y al Prestatario la Escritura de Cancelación del Préstamo Hipotecario, las Copias relativas a las mencionadas escrituras deberán ser abonadas por quien las solicite.
– Gasto de Gestoría, el importe de dicho gasto debe ser abonado por el Banco.
– Gasto de Registro de la Propiedad, tiene que ser abonado por el Banco que es a quien interesa la inscripción de dicha garantía en el Registro de la Propiedad.
– Gasto de Tasación, también corresponderá en contratos posteriores a junio de 2019 a los prestatarios, pero en el presente caso, como en el momento de formalizarse el préstamo la normativa no decía nada, no cabe negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula que se ha declarado abusiva.
A la vista de este criterio, el reclamante recupero a consecuencia de su reclamación la cantidad de mil trescientos cincuenta (1.350,00) euros, cuando a priori el Banco de manera taxativa y sin negociación alguna, le impuso el pago de la totalidad de los gastos asociados a dicho préstamo hipotecario.
Si fuera de su interés, desde Aselab nuestros profesionales están a tu disposición para cualquier aclaración que necesites a este respecto, así como la defensa de tus legítimos intereses.