Antes de ver cómo hacer un contrato mercantil veamos qué es exactamente. El contrato mercantil o contrato de prestación de servicios es aquel en el que intervienen dos partes, con personalidad física o jurídica y que deberá tener por objeto uno o varios actos de comercio. Existen más de sesenta tipos de contratos mercantiles regulados según consta en el Boletín Oficial del Estado.
Los contratos mercantiles deberán cumplir ciertos requisitos básicos para tener validez como, por ejemplo:
• El libre consentimiento de las partes implicadas para aceptar las condiciones del contrato.
• La capacidad legal por ambas partes para poder ejercer sus obligaciones y derechos.
• El motivo o servicio objeto del contrato debe ser totalmente lícito.
Cómo hacer un contrato mercantil
Para redactar un contrato mercantil debemos tener en cuenta que existen unos apartados obligatorios que siempre deberán ser incluidos, mientras que existen otros apartados, que dependiendo del tipo de contrato podrán ser incluidos o modificados a conveniencia.
Los apartados principales en un contrato mercantil son:
1. La identificación de las partes. En este apartado deberán figurar principalmente el nombre completo, domicilio, número de identificación (DNI, CIF, Pasaporte…), de las partes que celebran el contrato.
2. La capacidad legal. Si es de goce o ejercicio y si es en nombre propio o es necesario la representación de terceros.
3. El consentimiento. La aceptación libre y sin coacción de la propuesta del contrato.
4. El objeto. Es la prestación, negocio o servicio en las que ambas partes van a participar. Siempre ha de ser lícito, posible y determinado.
5. La causa. Justifica el cumplimiento de una obligación por la voluntad de las partes. La causa deber ser lícita, existente y verdadera.
6. La forma. Si es escrita, verbal, ante testigos o ante notario.
7. Las obligaciones y derechos de las partes. Deben determinarse de una forma clara y concisa las exigencias del contrato para que no haya dudas en un futuro que puedan crear conflictos entre ambas partes.
8. La duración. Fecha de inicio y finalización del acuerdo.
9. El Importe y la forma de pago. En caso de ser un contrato oneroso se debe especificar el importe y la forma de pago del mismo, así como el periodo acordado para realizar dicho pago.
10. La indemnización. En caso de incumplimiento por cualquiera de las partes la indemnización o penalización que deberá abonar la parte que incumpla el contrato a la parte contraria.
11. Las causas de resolución. Pueden ser varias como el vencimiento del plazo de duración o incumplimiento por alguna de las partes, pero es aconsejable hacer referencia también a este apartado.
12. Pacto de exclusividad y confidencialidad. No es necesario en todos los contratos, pero es una cláusula a tener muy en cuenta en ciertos contratos de compraventa o prestación de servicios.
13. La ley aplicable y fuero. Especifica a qué ley y fuero se somete el contrato y ante quién se resolverá en caso de haber cualquier tipo de conflicto, aunque suele pactarse resolver ante los juzgados más cercanos.
No obstante, dependiendo del tipo de contrato mercantil, deberán incluirse o no ciertos apartados. En ocasiones, cuando los contratos mercantiles son de prestación de servicios, podemos caer en el error de confundirlos con contratos laborales, es el caso de los contratos de autónomos por parte de empresas. Aunque se trate de un autónomo dependiente (TRADE), que son aquellos cuyos ingresos dependen de un solo cliente en más de un 75%, deben seguir formalizando su prestación de servicio mediante un contrato mercantil, en el que ambas partes son independientes, cada uno asumirá sus obligaciones tributarias y actuarán en igualdad de condiciones y sin que exista subordinación, como en el caso del contrato laboral.